En resumen a la GuÃa, a continuación, se enlistan algunas definiciones básicas de cumplimiento para las empresas, y que están alineadas con la legislación mexicana y la adopción del Convenio 190 con el propósito de que los centros de trabajo y/o las actividades relacionadas con motivo del trabajo sean espacios libres de violencia donde las personas trabajadoras desarrollen su máximo potencial favoreciendo negocios productivos, trabajo digno y reputación empresarial.
Crear o actualizar polÃticas, protocolos o procesos y/o mecanismos para desarrollar un ambiente armónico libre de violencia y acoso, donde:
el mecanismo de denuncia sea el mismo para casos de violencia en el trabajo y los resultados diagnósticos para identificar factores de riesgo psicosocial o las del clima organizacional provean de elementos para identificar espacios o conductas violentas a erradicar tomando en consideración que para la instrumentación de estas herramientas se atenderá al tamaño de la empresa y/o modalidades de trabajo; y
Establecer el mecanismo seguro y confidencial para la recepción de quejas por prácticas opuestas al Entorno Organizacional Favorable y para denunciar actos de Violencia y que no debe ser distinto al que se disponga de acuerdo con la PolÃtica que se haya desarrollado para el cumplimiento de la NOM-035 y al tamaño de la empresa.
Para la atención de cualquier queja deben aplicarse los siguientes principios:
Verificar que el proceso de atención y solución de casos establezca: