Si la queja fue fundada, el centro de trabajo podrÃa impulsar procesos reparativos, es decir, aquellos que fomentan la sanación y la restitución de las partes afectadas y la toma de responsabilidad de las partes acusadas, procurando transformar las condiciones que dieron origen a la queja. Estas acciones y procesos pueden incluir, por ejemplo:
Las medidas a implementar deberán ser proporcionales a la conducta. Es importante verificar que con las medidas que se toman no se pongan en riesgo los derechos de la persona afectada, por lo que se debe al menos escuchar su opinión, dentro de las posibilidades del centro de trabajo.
Medidas para la persona afectada
En los casos en que la queja resulte fundada se tomarán medidas para apoyar a la persona afectada. Entre esas medidas pueden estar las siguientes:
Resuelto el caso, se verifica el cumplimiento de la resolución y se mantiene contacto con la persona afectada para asegurarse que no se tomen represalias.
Para saber si las medidas implementadas fueron eficaces, se recomienda realizar al menos cada mes, durante seis meses, una reunión con la persona afectada para conocer si considera que el problema fue atendido
Si la queja fue infundada.
Se debe considerar qué acciones se podrÃan tomar para evitar que ocurran estos casos en el futuro, incluyendo el monitoreo de la situación reportada. Se debe tomar en cuenta que en los casos en que una queja se considere infundada por falta de pruebas, no significa que la conducta no ocurrió. En consecuencia, la persona que reportó debe ser tratada con sensibilidad, lo que incluye garantizar que no se enfrentará a la victimización debido al resultado.